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El Ministerio de Administraciones Públicas envió hoy al Consejo Económico y Social (CES) un real decreto que establece que "la prestación de servicios mediante teletrabajo no podrá exceder del 40% de la jornada semanal".
Actualmente, el teletrabajo en la Administración está prohibido por el reglamento de horarios, donde se exige el trabajo presencial. El nuevo sistema voluntario que establecerá este decreto será mixto, es decir, que el funcionario tendrá que acudir a la oficina al menos el 60% de su jornada semanal, pudiendo desarrollar el resto del trabajo desde su domicilio.
Otro de los puntos importantes del documento es que el teletrabajo "en ningún caso podrá suponer una merma o disminución de las retribuciones que corresponden ordinariamente al puesto de trabajo".
Asimismo, los empleados públicos que quieran teletrabajar deben reunir una serie de condiciones, tales como tener dos años de antigüedad en el servicio de la Administración General del Estado, tener conocimiento de informática para usuarios y haber realizado un curso de formación de teletrabajo.
La medida se enmarca dentro de la intención del gobierno de favorecer la conciliación familiar y laboral, expresados en el Plan Concilia.
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